El Instituto de Tránsito de Boyacá, comenzó a aplicar la Ley 1383 de 2010, por medio de la cual se modificó el Código Nacional de Tránsito, desde la fecha de su expedición - 16 de marzo de 2010.
El Gerente de la entidad indicó que la norma beneficia transitoriamente, por doce meses, desde su expedición a los infractores que tienen deudas pendientes, quienes deberán acudir a la Oficina de Cobro Coactivo, ubicada en la sede Administrativa, carrera 2 No. 72- 43 de Tunja, o a cualquiera de los diez puntos de atención ubicados en Moniquirá, Soatá, Miraflores, Villa de Leyva, Santa Rosa, Nobsa, Cómbita, Guateque, Ramiriquí y Saboyá, para efectos de la elaboración de la liquidación y que una vez sean cancelados se archivarán los procesos de cobro, lo cual les evitará embargos y costos mayores por el pago incumplido y además permitirá los trámites de tránsito que se requieran incluido los de la refrendación de la licencia.
Por otra parte explicó, “las personas a las que se les imponga comparendos a partir de la expedición de la norma si aceptan la infracción y pagan dentro de los cinco días siguientes a la orden de comparendo, podrán cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa o el setenta y cinco (75%) del valor de la multa, si paga dentro de los veinte días siguientes a la orden de comparendo, en estos casos deberá asistir obligatoriamente a un curso sobre normas de tránsito en el Centro Integral de Atención, donde se cancelará un 25% y el excedente se pagará al organismo de tránsito. Si aceptada la infracción, esta no se paga en las oportunidades antes indicadas, el inculpado deberá cancelar el (100%) del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios, esta ley no autoriza el doblaje de las multas por no comparecer en las oportunidades debidas, por el contrario motiva al pago de las infracciones de acuerdo a lo expuesto.