Funciones
El Instituto de Tránsito de Boyacá ITBOY, para el cumplimiento de su misión, desarrolla las funciones que están establecidas en el Decreto Número 1686 de 2001, tal como se transcriben a continuación:
Fijar los planes y programas en materia de Tránsito en el Departamento y asumir la implementación y ejecución de los proyectos correspondientes, de acuerdo con los sistemas y mecanismos que se adopten.
Dirigir, organizar y controlar lo relacionado con el tránsito, dentro del territorio de su jurisdicción y velar por el cumplimiento de sus disposiciones vigentes.
Aplicar y hacer cumplir las disposiciones que se dicten sobre tránsito y transporte.
Coordinar con el Ministerio de Transporte lo relacionado con la aplicación de las directrices en materia de tránsito y transporte.
Las anteriores se complementan con lo establecido, al respecto, en la ley 769 del 2002, Código Nacional de Tránsito: Celebrar los convenios o contratos que se requieran para el ejercicio de sus funciones, en calidad de organismo gestor de servicios de tránsito a cargo del Departamento de Boyacá.
Establecer acciones orientadas a la prevención y la asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías.
Administrar con eficiencia los bienes y fondos de su patrimonio, efectuar las inversiones que contribuyan a su incremento, de conformidad con las normas legales que rigen la materia.